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FechaTítuloResumen
3-dic-2019Valderrama Rodríguez (causa Nº 11295)Dos vecinos tuvieron una pelea y uno de ellos sufrió una herida con un cuchillo en su abdomen. El damnificado declaró que el señor Valderrama Rodríguez lo había lastimado, pero éste  negó haber tenido un cuchillo. En ese sentido, ningún arma fue secuestrada en poder del acusado. El señor Valderrama Rodríguez fue imputado por homicidio en grado de tentativa. Elevada la causa a juicio, el tribunal lo condenó a la pena de cuatro años de prisión. Para decidir de ese modo, los jueces concluyeron que la intención del imputado fue matar al damnificado o bien que no le había importado si moría. De esta forma, consideraron que se encontraba configurado el elemento subjetivo del tipo. Contra esa resolución, su defensa interpuso recurso de casación. En su presentación la defensa consideró, entre otras cuestiones, que el encuadramiento jurídico era incorrecto dado que no se comprobó el elemento típico subjetivo de la figura de homicidio. La defensa entendió que no se encontraba acreditada la voluntad de causar la muerte al damnificado y que debía considerarse al imputado como autor del delito de lesiones graves.
14-ago-2018Ghersich (Causa Nº11484 Reg Nº944)Un hombre —junto a otra persona— ingresó a un supermercado con un cuchillo, tomó dinero de la caja registradora y escapó. Entonces, fue perseguido y detenido. En la etapa de juicio, el fiscal solicitó que se condenara al hombre a la pena de 3 años y 6 meses de prisión por el delito de robo con armas en grado de tentativa. Para dictaminar de ese modo, consideró que el imputado no había podido disponer del dinero y que, en consecuencia, no se había podido tener por consumado el delito. El Tribunal Oral condenó al imputado por el delito de robo con armas a la pena de seis años de prisión. Contra esa sentencia, la defensa interpuso un recurso de casación.
13-jun-2018MJD (Reg. N° 665 y causa N° 52062)Un hombre se dirigió a la casa del padre de su ex pareja. Al ingresar al edificio, extrajo un arma, amenazó al personal de seguridad para que lo dejara subir y expresó que quería matar al hombre. En el vestíbulo, le gritó para que le permitiera acceder a la vivienda. Al no hacerlo, disparó dos veces contra la puerta. Luego, se sentó en una escalera y apoyó el arma contra su sien. Finalmente, fue detenido. Por ese hecho, fue imputado por el delito de portación ilegítima de arma de fuego en concurso real con homicidio en grado de tentativa, calificado por el empleo de un arma. Durante el debate, prestaron declaración testimonial la ex pareja y su padre. Ambos señalaron que no creían que el imputado tuviera la intención real de matar. En oportunidad de alegar, la fiscalía señaló que existía duda en relación con la voluntad homicida del imputado. Por tal razón, descartó la figura de homicidio y lo acusó por el delito de portación de arma de uso civil sin la debida autorización. Finalmente, solicitó que se le impusiera la pena de tres años de prisión en suspenso. El Tribunal Oral condenó al imputado por el delito de portación ilegítima de arma de fuego, tentativa de homicidio calificado y amenazas coactivas agravadas por el uso de arma, en concurso real entre sí, a la pena de cinco años y cuatro meses de prisión. Contra esa sentencia, la defensa interpuso un recurso de casación. Entre otras cuestiones, sostuvo que la decisión había violado el principio de congruencia.
24-may-2018RJL (causa Nº 16081)Tres camiones circulaban por una avenida. Luego de bordear una obra vial en construcción, el último en la fila percibió un impacto en su vehículo. Al detenerse, notó que había chocado con una bicicleta. Minutos después, el ciclista falleció. Por esa razón, el chofer fue imputado por el delito de homicidio culposo. Al describirse el hecho, se indicó que el camión había cambiado de carril y que había realizado una maniobra intempestiva en exceso de velocidad. De las pruebas reunidas en el expediente, se concluyó que el ciclista no circulaba por un carril particular. Además, de las declaraciones testimoniales surgieron imprecisiones sobre la velocidad del camión. En el debate de juicio oral, el representante del Ministerio Público Fiscal sostuvo que el chofer se había superpuesto en la trayectoria de la bicicleta. Además, consideró que ante la obra vial que existía en la zona del hecho, era necesario que su conducción fuera prudente. El Tribunal Oral, por mayoría, consideró que más allá del límite de velocidad reglamentario, el chofer había incumplido la obligación de reducir la velocidad en el giro. A su vez, sostuvo que de haber utilizado su espejo retrovisor al invadir la trayectoria del ciclista, habría advertido su presencia. De esa manera, consideró que había violado el deber de cuidado. Sobre la base de dichas consideraciones, el chofer fue condenado a la pena de dos años y ocho meses de prisión en suspenso por el delito de homicidio culposo, agravado por haber sido cometido mediante la conducción imprudente y antirreglamentaria de un vehículo automotor. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
16-mar-2018León (reg. Nº 236 y causa Nº 47970)León había sido condenado por el delito de robo en poblado y en banda en concurso real con el delito de resistencia a la autoridad agravada a la pena de seis años y tres meses de prisión. Al cumplir el requisito temporal previsto en el artículo 13 del Código Penal, la defensa solicitó la libertad condicional. El Consejo Correccional elaboró un informe en donde establecía un pronóstico desfavorable de reinserción social. En ese sentido, expuso que el condenado no había transitado por el período de prueba y el régimen de salidas transitorias. Además, contaba con sanciones disciplinarias en su anterior unidad de detención. Por su parte, el representante del Ministerio Público Fiscal explicó que la ley aplicable no establecía ninguna correlación entre el período de progresividad que transitaba el condenado y la posibilidad de acceso al régimen de libertad condicional, por lo que debía concederse ese instituto. El Juzgado de Ejecución Penal rechazó la solicitud. Para decidir de esa manera, se fundó en el informe elaborado por el Consejo Correccional. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
20-oct-2017AOJ y otros (causa Nº 63464)Tres personas robaron una camioneta. Durante el hecho, dos de ellas utilizaron armas de fuego. Una hora más tarde, llevaron a cabo un robo similar. Momentos después, fueron detenidos por la policía. En el requerimiento de elevación a juicio, el representante del Ministerio Público Fiscal calificó los hechos respecto de uno de los imputados como robo con arma de fuego, en concurso real con tenencia de arma de guerra. El Tribunal Oral lo condenó por el delito de robo con arma de fuego, en concurso real con el delito de portación de arma de guerra sin la debida autorización legal, a la de pena de nueve años de prisión. Para así decidir, consideró que el mero dominio del arma había constituido un delito contra la seguridad pública. Además, tuvo en cuenta la falta de arrepentimiento demostrada por el imputado durante el debate. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. Entre otras cuestiones, entendió que se habían afectado el principio de congruencia y la garantía contra la autoincriminación.
22-jun-2017VNO (causa Nº 74176)Dos personas en una motocicleta abordaron a un hombre con el objeto de robarle su teléfono celular. Ante su resistencia, una de ellas lo amenazó de muerte. Luego, se retiraron. A los pocos minutos regresaron con un arma e intentaron nuevamente apoderarse de su teléfono. La víctima se negó y comenzó a correr. Entonces, recibió un impacto de bala en la cabeza y cayó al suelo. La persona que disparó fue detenida. Al requerir la elevación a juicio, el representante del Ministerio Público Fiscal calificó el hecho como homicidio agravado por haberse procurado la impunidad para sí, por no haber logrado el fin propuesto al intentar cometer otro delito, en grado de tentativa, en los términos del artículo 80, inciso 7°, del Código Penal. Durante el debate, la fiscalía de juicio subsumió el hecho bajo la figura de homicidio agravado por no haberse logrado el fin propuesto al intentar otro delito, en grado de tentativa, bajo la misma normativa. El Tribunal Oral condenó al imputado en esos términos, a la pena de doce años de prisión. Para decidir de esa manera, consideró que el fundamento del agravante previsto en el inciso 7° del artículo 80 del Código Penal radicaba en castigar un estado de ánimo frustrado que, en el caso, se tradujo en disparar un arma contra una víctima. Contra esa sentencia, la defensa interpuso un recurso de casación e inconstitucionalidad.
11-mar-2016Saladino, Luciano JorgeEn el presente caso, se había condenado a dos personas a la pena de siete meses de prisión por considerarlas autoras del delito de robo. Frente a ello, la defensa interpuso recurso de casación alegando, entre otras cuestiones, la incorrecta calificación del hecho como consumado cuando no se había completado el apoderamiento.
19-oct-2015Paulides, EmanuelEn el presente caso, el Tribunal Oral había condenado al imputado como coautor penalmente responsable de los delitos de robo con arma en grado de tentativa, reiterado en dos oportunidades, robo con arma en grado de tentativa y tentativa de homicidio “criminis causae”. Contra dicha resolución la defensa interpuso recurso de casación.
27-may-2014P, JUna persona se encontraba imputada por el delito de hurto. El fiscal de instrucción, al requerir la elevación a juicio de la causa, introdujo que el hecho había sido ejecutado mediante la utilización de una ganzúa. Dicha circunstancia no había sido contemplada previamente. Por esa razón, la defensa planteó la nulidad del acto por infringir el principio de congruencia. El juez rechazó el pedido. Contra esa resolución, se interpuso un recurso de apelación.